La banca debe devolver los gastos hipotecarios por abusivos.

Nuestro Alto Tribunal ratifica que la banca ha de devolver los gastos hipotecarios derivados de la formalización del préstamo hipotecario por ser abusivos. En este caso, la novedad es que se pronuncia sobre los gastos de tasación, que han de ser asumidos 100% por la entidad prestamista. Así lo ha plasmado la STS 35/2021, de 27 de enero de 2021, por ahora la más reciente sentencia al respecto y en la que incluye la devolución de los gastos de tasación. Por tanto, y desde ahora la banca deberá asumir los gastos de tasación (cuando no sea aplicable le Ley 5/2019, de 15 de marzo) Registro de la Propiedad, gestoría y la mitad de los gastos de notaría.

La sentencia hace referencia a la Directiva 93/13 y la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, donde se crea la doctrina del abusivo de la cláusula contractual que atribuye a los consumidores prestatarios el pago de todos los gastos generados por el préstamo hipotecario, lo que conlleva su nulidad.

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